BANDO MUNICIPAL

D. Javier Cienfuegos Pinilla, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Montijo (Badajoz),
INFORMA a la ciudadanía lo siguiente:

A pesar de haberse dictado desde este Ayuntamiento diversas Órdenes de Ejecución con objeto de garantizar que los propietarios de terrenos y edificaciones mantengan sus bienes inmuebles en condiciones adecuadas de seguridad, higiene y estética urbana, se ha constatado la existencia de numerosos solares y parcelas en estado de abandono. Estos espacios, al presentar una abundante proliferación de vegetación seca y matorrales, constituyen un riesgo potencial de incendio y un entorno propicio para la presencia de plagas, roedores e insectos, con las consiguientes repercusiones negativas para la salud pública y la seguridad vecinal, lo cual incide negativamente en la imagen urbana de Montijo y vulnera los principios de convivencia y responsabilidad cívica recogidos en la Ordenanza Municipal de Seguridad y Convivencia Ciudadana en el Espacio Público.

En este sentido, y en aplicación de lo establecido en el artículo 167 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura, corresponde a las personas propietarias o titulares de derechos sobre terrenos y edificaciones el deber de conservarlos en condiciones óptimas de seguridad estructural, salubridad, accesibilidad universal y ornato. Esta obligación incluye el mantenimiento y adecuación estética de las fachadas y elementos visibles desde la vía pública mediante su limpieza, reparación y pintado.

Por todo ello, esta Alcaldía recuerda a los ciudadanos:

1.Los propietarios de terrenos, solares o parcelas están obligados a llevar a cabo las tareas necesarias de limpieza, desbroce y adecuación de los mismos para evitar riesgos y contribuir al buen estado del entorno urbano.

2.Todos los residuos y restos vegetales derivados de estas labores deberán ser retirados del lugar y gestionados conforme a la normativa vigente en vertederos autorizados.

3.A partir del día 12 de mayo de 2025, los Servicios Técnicos Municipales procederán a realizar inspecciones. En caso de detectarse incumplimientos, se iniciará el procedimiento administrativo correspondiente para requerir la ejecución forzosa de las actuaciones exigidas.
Se informa, que aquellos solares que no cumplan con las medidas de mantenimiento y limpieza adecuadas, serán objeto de aplicación de la ordenanza mencionada. Por ello, se iniciará el correspondiente expediente sancionador y el Ayuntamiento realizará las labores de limpieza, pasando sus costes a los propietarios de los inmuebles.

El Alcalde Presidente, D. Javier Cienfuegos Pinilla
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE